Restringen circulación de transporte pesado durante fiestas de fin de año
Solo podrá circular el transporte pesado cuya carga sea de productos perecederos, combustibles, bebidas y alimentos.
El Ministerio de Comunicaciones, Infraestructura y Vivienda (CIV) publicó este lunes 19 de diciembre, el Acuerdo Ministerial 1948-2022 donde se establece los horarios para la circulación del transporte de carga pesada durante las fiestas de Navidad y Año Nuevo.
La restricción inicia a partir de las 12 del mediodía del sábado 24 de diciembre y concluirá el lunes 26 de diciembre a las 12 del mediodía.
De esta misma manera se tendrá la restricción desde las 12 del mediodía del sábado 31 de diciembre y concluirá a las 12 del mediodía del lunes 2 de enero del 2023.
Excepciones
El Acuerdo exceptúa el transporte de productos perecederos, combustibles, bebidas y alimentos, los cuales no necesitan permisos especiales.
Según el artículo 2, el transporte de carga podrá circular únicamente del kilómetro 290 Carretera CA-09-N a las instalaciones de la terminal ferroviaria de Puerto Barrios y a las instalaciones del Puerto San Tomás de Castilla sobre la CA-09 N.
Además, del kilómetro 80 carretera CA-09-Sur-A a las instalaciones de Puerto Quetzal, al kilómetro 104 carretera CA-09-Sur-09 y al kilómetro 114 carretera SA-09-Sur.
Los transportistas que incumplan la normativa serán sancionados de conformidad con las leyes vigentes.
El Acuerdo Ministerial No. 1948-2022 entra en vigor a partir de este lunes 19 de diciembre.